Esta circular, del 29 de marzo, http://www.bcv.org.ve/pdf/circular300311.pdf reza, en el numeral primero:
Las instituciones bancarias de naturaleza pública o privada regidas por la Ley de Instituciones del Sector Bancario deberán transferir al Banco Central de Venezuela, en la oportunidad, términos y condiciones que se indican en la presente Circular y/o que se establezcan al efecto, las posiciones que mantengan de títulos o valores denominados en moneda nacional o en moneda extranjera emitidos o avalados por la República o por empresas del Estado, en cartera propia o de terceros, fideicomisos y garantías.
Si bien no es noticia nueva, se ha retomado en fecha reciente. No deja de sorprenderme la capacidad que tienen las redes sociales de multiplicar información distorsionada y tendenciosa. Explico:
A resultas del cierre de casas de bolsa y sociedades de corretaje en Venezuela, en rigor jurídico, no hay institución privada, facultada, para custodiar títulos emitidos por la república. Por lo tanto, es una consecuencia natural que éstos sean transferidos al BCV. Esta resolución protege, en cierto modo, al inversionista, ya que la disposición de los títulos, a manos de las instituciones privadas, es jurídicamente débil
Mi buen amigo: www.asesorfinancieroeinversiones.com explica, en su artículo: Bonos Venezolanos a Custodia del BCV. Implicaciones y Alternativas todo lo que es necesario saber con respecto a este tema. Los invito a leerlo a través de este link: http://www.asesorfinancieroeinversiones.com/2011/05/bonos-venezolanos-custodia-del-bcv.html
Yo no lo habría explicado mejor
Si tiene alguna duda/comentario puede postearlo en el blog o contactarme via Twitter: @venefinanzas
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