Los números mágicos

julio 20: 8.10-8.45 /

Reflexiones y recomendaciones sobre la custodia de títulos de deuda venezolana

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 Opinión

Se instaura un control de cambio cuando no puede satisfacerse la demanda de moneda extranjera y la local se deprecia sin control. En más de siete años, el estado ha venido, inútil y torpemente, dando trompicones sin poder controlar la paridad cambiaria

 Para obtener divisas el estado ha emitido títulos de deuda, a un muy alto costo. Estos bonos fueron distribuidos entre las Casas de Bolsa y Sociedades de Corretaje para que éstas, con el mecanismo de la “permuta”, transformaran deuda en moneda

Eso tampoco funcionó. El dólar se devaluó en barrena y como era políticamente costoso culpabilizar a las autoridades financieras, se endosó la culpa al “mensajero”. Así, el gobierno intervino y criminalizó a casi todos los operadores cambiarios

Por supuesto eso no soluciona el problema de fondo. El nuevo actor en esta parodia financiera es el SITME. El SITME ha “invitado” a los bancos a vender los títulos de deuda, que son parte de sus activos en moneda extranjera, a una paridad inferior a la realidad del mercado (1)

Lo que aun el SITME no ha hecho, es invitar a los particulares (naturales o jurídicos) a venderle sus títulos. Sin embargo en un comunicado, la CNV (2) le dice a las Casas de Bolsa y Sociedades de Corretaje que aun existen, que deben entregar a los mismos una constancia que indique quien tiene la custodia de dichos valores con todas sus características. [sic]  tipo de título, cantidad, fecha de vencimiento, otros. [sic]  a los fines que estos puedan disponer de los mismos (3).Y agrega:  En este sentido, el cliente de la sociedad de corretaje de valores o casa de bolsa, podrá dirigirse a la CVV Caja Venezolana de Valores, SA, u otro custodio, a los fines de mantener sus títulos en dicho custodio o efectuar el cambio correspondiente (4)

Pues, a buen entendedor, pocas palabras. La misma Comisión Nacional de Valores, discretamente recomienda a los tenedores de títulos, que transfieran la custodia. Agrego una recomendación personal: la custodia de dichos títulos no debe permanecer en el país

No vaya a ocurrir que el SITME los invite a vender


1.                   Eso no significa que la banca tenga una pérdida patrimonial, recuérdese a que precio fueron adquiridos
2.                   http://cnv.gob.ve/documentos/archivos_noticias/Circular1875.pdf
3.                   Ibid
4.                   Ibid


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